El alquiler de locales con piscina para realizar diversos eventos creció notoriamente en los últimos años en Comodoro y hasta hoy permanece sin una ley que regule la actividad. El tema estalló esta semana luego de una denuncia por intoxicación con cloro en una propiedad situada en el Cordón Forestal.
En función de ello, en la sesión de este jueves tomó estado parlamentario un proyecto que podría convertirse en ordenanza en un futuro inmediato. El mismo prevé qué requisitos deberá cumplir quien de ahora en más proyecte lucrar con esta forma de alquiler.
El proyecto, que lleva las firmas de los concejales de Arriba Chubut (Maite Luque, Ezequiel Cufré, Gabriela Simunovic, Mariela Aguilar, Marcos Panquilto y Ariel Montenegro), establece en principio la creación de un Registro Municipal de lnmuebles con Pileta para Eventos Sociales, donde deberán inscribirse todas aquellas propiedades particulares que sean ofrecidas en alquiler para la realización de fiestas, celebraciones, eventos recreativos o reuniones de carácter privado.
“Quedan comprendidos en esta ordenanza todos los inmuebles ubicados dentro del ejido de Comodoro Rivadavia con piscina, que sean utilizados o promocionados para celebraciones sociales con fines comerciales”, sostiene el artículo 29 del proyecto.
DOCUMENTACION, CONTROL Y GUARDAVIDAS
Para ser inscriptos y contar con habilitación comercial, se deberá presentar una serie de documentación que incluye título de propiedad o contrato que acredite derecho sobre el inmueble; certificado final de seguridad antisiniestral emitido por Bomberos; seguro de responsabilidad civil por daños a terceros; certificado de libre deuda municipal y del Juzgado de Faltas.
Además, se deberá contar con un informe técnico sobre condiciones edilicias, sanitarias y de seguridad (elaborado por profesional matriculado) y una declaración ante Obras Públicas y análisis microbiológico del agua con frecuencia semanal, dependiendo del tipo de evento y cuyo costo deberá asumir el comerciante.
Por otra parte, se tendrá que contar con un plano de evacuación y otro de contingencia, más una declaración jurada sobre capacidad máxima según factor ocupacional.
Otro aspecto importante es que se deberá contar con guardavidas con carnet habilitante y solicitar aparte la licencia por consumo de bebidas alcohóIicas.
“Los inmuebles deberán ajustarse a las estipulaciones contempladas en el Código de
Edificación-Ordenanza N°6874/99; contar con puerta principal y puerta de seguridad; cobertura médica asistencial y seguro de responsabilidad”, agrega la iniciativa.
Asimismo, la piscina –entre otras cuestiones- deberá contar con elementos de seguridad, tales como piso antideslizante, escalera, barandas de seguridad y señalización de niveles de profundidad.